¿Que es el TDAH?

El trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH), es un trastorno crónico de origen neurobiológico que se inicia en la infancia y se caracteriza por dificultades para mantener la atención, hiperactividad o exceso de movimiento e impulsividad o dificultades en el control de los impulsos.

lunes, 12 de mayo de 2014

NUEVO PROYECTO DE LEY PARA TRATAR EL TDAH (Trastorno Déficit de Atención e Hiperactividad) Presentado en la LEGISLATURA DE CÓRDOBA

  

Articulo 1°. Crease el Programa Provincial de Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), destinado a abordar la problemática de niños y adolescentes que padezcan este trastorno.

Articulo 2°. Declárase de interés Provincial la lucha contra el Trastorno  Déficit de Atención e Hiperactividad,  trastorno neurológico del comportamiento, caracterizado por distracción moderada a severa, periodos de atención breve, inquietud motora, inestabilidad emocional y conductas impulsivas.

Articulo 3°. El Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba a través del Ministerio de Salud y de Educación, serán la autoridad de aplicación de la presente ley.

Articulo 4°. El Ministerio de Salud Provincial deberá de manera conjunta y mancomunada con la Dirección General de Escuelas (D.G.E.), coordinar tareas relativas a la promoción, detección precoz, tratamiento en todas las fases que comprende este trastorno, tareas de rehabilitación y seguimiento de todos los pacientes.

Articulo 5°. El Programa Provincial de Trastorno  Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), tendrá los siguientes objetivos:
-         Tomar las medidas necesarias para la adecuada y oportuna difusión, atención y tratamiento de los niños y adolescentes que padecen este trastorno.
-         Garantizar la gratuidad y el tratamiento adecuado.
-         Fomentar el desarrollo de actividades de investigación, información y difusión.
-         Interactuar de manera constante, con la Dirección General de Escuelas y con los gabinetes psicopedagógicos de todos los establecimientos educativos que lo posean, tanto privados como estatales (sean de nivel primario, medio y/o superior) a los fines de procurar la detección y el debido tratamiento.

Articulo 6°. El Programa TDAH, incluirá a todos los niños y/o adolescentes que concurran a establecimientos educativos, tanto privados como estatales, en todos sus niveles (EGB 1, 2, 3 y Polimodal).

Articulo 7°. Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente ley serán atendidas con recursos asignados al Ministerio de Salud y de Educación, dentro de las previsiones presupuestarias anuales que se asignen.
Además todas las obras sociales y asociaciones de obras sociales del sistema Provincial y las entidades de medicina prepaga deberán incorporar como prestación obligatoria el tratamiento del TDAH.

Articulo 8°. El Ministerio de Salud y de Educación  a través del Programa TDAH deberán instrumentar junto con la D.G.E.:
-         Campañas informativas a través de los medios de comunicación (escritos, orales y televisivos) relativas al TDAH, dirigidas a la población en general, como así también campañas educativas acerca de las características del trastorno, aspectos clínicos psicológicos y sociales y de las formas apropiadas de prevención y tratamiento.
-         Cursos, talleres y/o conferencias del personal de la salud, formando de esta manera equipos interdisciplinarios debidamente capacitados.
-         Instalaciones, personal y equipamiento adecuado a los fines de procurar la debida atención y tratamiento de todos aquellos que sufran el trastorno.

Articulo 9°. El Programa deberá remitir semestralmente a la Comisión de Salud, a la de Educación y a la Legislatura un informe detallado y actualizado sobre el desarrollo y el resultado de las actividades realizadas.

Articulo 10°. El Poder Ejecutivo reglamentara la presente ley dentro de los sesenta (60) días de su promulgación.

Articulo 11°. Invítese a los Municipios a adherir al presente Proyecto de Ley.

Articulo 12°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.


FUNDAMENTACION

En  las Instituciones Educativas se observa un diagnóstico muy definido en nuestra época: estamos hablando del TDAH (trastorno  déficit de atención e hiperactividad)
El TDAH es un trastorno de origen neurobiológico innato y con una carga genética importante que afecta de forma variada y persistente la vida de quienes lo padecen.
Se denomina trastorno y no enfermedad dado que “no se cura” y sus afectados lo padecen toda la vida, lo que si puede hacerse es mejorar la calidad de vida de estos niños
Los síntomas  primarios se concentran en torno del rendimiento atencional, el nivel de actividad y el control de los impulsos.
Según la literatura internacional, se estima en forma conservadora que entre un 3% y un 7% de los niños en edad escolar lo padecen y es la afección psiquiátrica estable y de inicio en la infancia de mayor prevalencia.
El estudio de los efectos benéficos de corto plazo de la medicación estimulante sobre niños con TDAH constituye quizás el cuerpo científico más extenso y sólido de la literatura psiquiátrica.
El tratamiento farmacológico debe acompañarse de psicoeducación, entrenamiento parental  y las necesarias intervenciones psicosociales.
Hasta hace poco tiempo la tendencia predominante era mantener medicado al niño durante los períodos del día y del año en que era imprescindible obtener un mejoramiento del perfil atencional. Este criterio va siendo desplazado, parcialmente, por uno en que se tiende a cubrir gran parte del día y todo el año, a fin de mejorar totalmente la calidad de vida del paciente y no solamente, frente a la exigencias escolares.
Se recomienda llevar un registro de los cambios cognitivos y comportamentales del niño, más o menos formal, tomando en cuenta la opinión de padres y docentes.
Es muy importante que en las instituciones escolares se garantice un gabinete psicopedagógico que pueda brindarles a los docentes una herramienta importantísima a la hora de la detección precoz de estos trastornos y demás necesidades del alumnado.

Es de mucha importancia, la constante actualización sobres estos trastornos para que puedan adaptar   curricular y estratégicamente el aprendizaje de estos niños y así garantizar el éxito al finalizar el ciclo escolar.

Creado por Carina Ternavasio.  VILLA CURA BROCHERO  ( 3544) 628631

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